La actualidad desde el derecho  
Edición número 3081. ISSN 1667-8487
diariojudicial.com
Edición del día
Viernes  03 de Febrero de 2012
Próxima actualización el
Lunes  06 de Febrero de 2012
SUSCRIPCIÓN GRATUITA

07.10.04
Rosatti inauguró el Registro de Menores extraviados
El Ministro de Justicia y Derechos Humanos Horacio Rosatti, inauguró este viernes con la presencia de Susan Murray, presidenta de Missing Children, las nuevas oficinas del Registro Nacional de Información de Personas Menores Extraviadas, cuyo objetivo es centralizar, organizar y entrecruzar los datos sobre menores con paradero desconocido.
El Ministerio habilitó también la línea telefónica 0800-122-2442, que opera sin cargo y atiende las 24 horas los siete días de la semana, y la dirección electrónica juschicos@jus.gov.ar., así como los teléfonos 4322- 2331 y 4328-7515/7518. Las nuevas oficinas del Registro se encuentran en la sede central del Ministerio, Sarmiento 329.

Rosatti informó que los jueces y los miembros del Ministerio Público “tendrán acceso a la información del Registro, al igual que los padres, tutores o guardadores del menor” y que los menores de edad “podrán solicitar la información que les concierne al llegar a su mayoría de edad”.

“La ley obliga a toda fuerza de seguridad o autoridad judicial que recibiera denuncias o información sobre el extravío de menores, o que de cualquier otro modo tomara conocimiento de dicha situación, a dar comunicación inmediata al Registro”, agregó el ministro.

Con ese motivo, se convocará a la conformación del Consejo Asesor Honorario, que estará integrado por representantes de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia de Menores y Familia, el Consejo Nacional de la Familia, Niñez y Adolescencia, Policía Federal, Gendarmería, Prefectura, Migraciones y de Organizaciones No Gubernamentales de reconocida trayectoria en la materia.

El titular de la cartera de Justicia explicó, además, que “el objeto del Registro de Menores extraviados es centralizar toda la información sobre menores cuyo paradero se desconozca para que no haya chicos que figuran desaparecidos y que permanecen en algún instituto, y padres o familiares que los reclaman sin saber que ya han sido encontrados”. Y agregó: “la sustracción de menores es un delito en sí mismo y es también un factor multiplicador de otras conductas delictivas, como la venta y tráfico de niños, la prostitución, la pornografía infantil, la explotación laboral, la irregularidad en los procesos de adopción y la venta de órganos”.

Felipe Molinari, titular del Registro, coordinará con los distintos organismos provinciales competentes los procedimientos a seguir para el efectivo cumplimiento de esta ley. Además, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos invitará a todos los Poderes Ejecutivos provinciales a designar un enlace ante el Registro y así coordinar la información nacional sobre menores de paradero desconocido.


Valorar
Enviar por mail
Enviar por email
Imprimir
Imprimir
Nota al editor
Nota al editor
Enviar correo de lectores
Enviar correo de lectores
 

 

Copyright © 1999 - 2012 Diario Judicial. Todos los derechos reservados. E-mail: info@diariojudicial.com - Publicidad - Términos y condiciones
Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A. Propietario: Diario Judicial.com S.A.
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 271.508 ley 11.723.
Powered by Konakart & 'Technology for Solutions' OpenCms Extensions