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Edición número 2739. ISSN 1667-8486
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29.12.05
El casamiento ya no es necesario para adoptar
En Inglaterra y Gales entró en vigencia una ley que permite la adopción en parejas que no estén casadas, aún si sus miembros son del mismo sexo. Hasta ahora una persona podía adoptar pero no se le reconocía el derecho a su pareja. Con la nueva norma las parejas pueden hacerlo solicitando órdenes especiales de tutela. A su vez los padres biológicos tendrán el derecho de buscar a sus hijos que habían dado en adopción.
Inglaterra y Gales dieron un paso en materia legislativa de adopción, al aprobar una ley que permite que parejas no casadas y las del mismo sexo puedan adoptar. Esto se produce por la nueva ley de Menores y de Adopción que entró en vigencia este viernes.

De esta manera se hizo una revisión legislativa de 30 años y ahora tanto los padres adoptivos como los biológicos tienen nuevos derechos. Hasta ahora, una persona tenía el derecho de adoptar niños pero en forma individual sin que el otro integrante de la pareja tenga derechos.

Con la nueva ley, las parejas pueden hacerlo solicitando órdenes especiales de tutela. También se les reconoce a los padres biológicos el derecho de buscar a sus hijos que habían dado en adopción.

En marzo último, el parlamento catalán también había reconocido el derecho de adopción a las parejas del mismo sexo, sumándose en ese sentido a las legislaciones de Navarra, País Vasco, Aragón, Holanda, Suecia, Noruega e Islandia. Hace pocos días, el 2 de diciembre, la Cámara de Diputados belga dio media sanción a un proyecto similar al británico. De esa forma, avanza en Europa el reconocimiento de derechos a parejas homosexuales, sumándose a la cada vez más extendida unión civil, la posibilidad de adoptar.

Los defensores de normas en este sentido aseguran que numerosas parejas homosexuales europeas tenían ya a su cargo niños adoptados por uno solo de los cónyuges o hijos biológicos de uno de ellos, pero al no reconocerse su filiación al otro miembro de la pareja, los menores tenían menos protección jurídica que sus pares de familias tradicionales.

Dju

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