La actualidad desde el derecho  
Edición número 3081. ISSN 1667-8487
diariojudicial.com
Edición del día
Viernes  03 de Febrero de 2012
Próxima actualización el
Lunes  06 de Febrero de 2012
SUSCRIPCIÓN GRATUITA

24.07.07
Mediación obligatoria para los conflictos laborales
Así lo establece un proyecto presentado en la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires donde hoy el arbitraje es voluntario. La iniciativa propone, entre otras cosas, crear un cuerpo de conciliadores y que el trabajador pueda ser patrocinado por su gremio. También habilita la vía judicial si la conciliación fracasa. Los objetivos: descongestionar los tribunales y bajar los tiempos de las demandas. TEXTO COMPLETO
El diputado por la provincia de Buenos Aires Gustavo Ferrari (UCR) presentó un proyecto para que la mediación en la Justicia laboral sea “previa y obligatoria” a todo juicio. La iniciativa pretende descongestionar los tribunales del trabajo y llegar a una solución más rápida entre el trabajador y empleador.

La iniciativa establece que la medicación sea gratuita, que el inicio se realice con la presentación de formulario y que el trabajador pueda ser representado por su gremio. También propone que se realice en el ámbito de la Subsecretaría de Trabajo para lo cual esta deberá crear un cuerpo de conciliadores y dictar su propio reglamento. Por otro lado, respecto de los mediadores, dice que deberán ser abogados y, sin dar mayores presiones, señala que deberán tener “amplia experiencia en materia laboral”.

El proyecto, que ingreso a la Cámara de Diputados, también deja abierta la posibilidad de recurrir a la Justicia si no hay acuerdo.

De la mediación obligatoria quedan excluidas: las acciones de amparo y medidas cautelares; las diligencias preliminares y de prueba anticipada; las demandas contra empleadores concursados o quebrados y el Estado Nacional, Provincial o Municipal; las acciones promovidas por menores que requieran la intervención del Ministerio Público; y cuando el reclamo haya sido objeto de las acciones previstas en los procedimientos de reestructuración productiva, preventivo de crisis o de conciliación obligatoria previsto en las leyes 24.013 y 14.786.

En la Provincia la conciliación y el arbitraje laboral ya existen pero son voluntarios y no ayudaron para evitar las demandas laborales. Según estadísticas de la Subsecretaría de Planificación de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, que Ferrari cita como fundamentos en su proyecto, entre el 2000 y el 2004 los tribunales del trabajo recibieron un promedio de 33.000 causas por año.

El diputado también afirmó que si fracasa la conciliación, pasan hasta 13 meses hasta la fecha que se fija la vista de causa. “La conciliación entre trabajador y empleador - llevada a cabo en el marco de la legislación obrera - iría en beneficio de ambas partes al acelerar la resolución del conflicto, y contribuiría a disminuir la cantidad de causas que ingresan en el Poder Judicial y que muchas veces demoran años en resolverse”, opinó Ferrari.

El legislador sostuvo que la provincia de Buenos Aires “ya cuenta con delegaciones del Ministerio de Trabajo en todos los departamentos judiciales, ya que como se dijo esto ya se está implementando desde hace mucho tiempo, en caso de ser necesario la incorporación de mayor cantidad de personal, el costo del mismo para el Estado provincial siempre va a ser menor comparado con la cantidad de juicios que se van a conciliar con el gasto que los mismos irrogan en caso de que no exista esta conciliación obligatoria”.

En los fundamentos de la iniciativa se cita como antecedente de arbitraje de trabajo, al Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO) que funciona en la Ciudad de Buenos Aires desde septiembre de 1997 con características similares al que se proyecta establecer en la Provincia.






Valorar
Enviar por mail
Enviar por email
Imprimir
Imprimir
Nota al editor
Nota al editor
Enviar correo de lectores
Enviar correo de lectores
 

 

Copyright © 1999 - 2012 Diario Judicial. Todos los derechos reservados. E-mail: info@diariojudicial.com - Publicidad - Términos y condiciones
Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A. Propietario: Diario Judicial.com S.A.
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 271.508 ley 11.723.
Powered by Konakart & 'Technology for Solutions' OpenCms Extensions