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21.06.09
Otro proyecto de ley para la "portabilidad numérica" del teléfono celular
La iniciativa, del senador por Catamarca Ramón Saadi, pretende evitar que las empresas de telefonía celular mantengan “cautivos” a sus clientes. Un proyecto similar fue presentado en abril por el senador por Misiones Luis Viana. Ambos responden a un fallo de primera instancia en el que un juez, en marzo pasado, ordenó a la Secretaría de Comunicaciones reglamentar la norma en un plazo de 90 días.
El senador por Catamarca Ramón Saadi presentó un proyecto de ley de “portabilidad numérica” para evitar que las empresas de telefonía celular mantengan “cautivos a sus clientes” porque no pueden llevarse sus números cuando las abandonan.

Al fundamentar la iniciativa, Saadi –que buscará renovar su mandato en los comicios del 28 de junio- consideró que el “teléfono celular se convirtió en una herramienta de trabajo: los profesionales son ubicados allí por sus clientes, por sus pacientes; los vendedores por los compradores; y los plomeros, albañiles y electricistas lo necesitan para ofrecer sus servicios”.

En la actualidad, se calcula que unos 32 millones de argentinos usan teléfonos celulares, una cifra que supera ampliamente a los clientes del Servicio Básico telefónico. Saadi, ex gobernador de Catamarca, advirtió respecto a la falta de “libre competencia” en el mercado de la telefonía celular.

“Teniendo en cuenta que en los organismos de defensa del consumidor, tanto a nivel nacional como local, las denuncias por prestación deficitaria del servicio de telefonía celular encabeza el ranking de manera indiscutida, no cabe duda que la implementación de la ‘portabilidad numérica’ obligaría a las empresas prestadoras de telefonía celular a mejorar constantemente sus servicios, invirtiendo, para retener a sus clientes y para captar nuevo”, remarcó el proyecto.

La iniciativa de Saadi se suma a un proyecto presentado en abril por el senador por la provincia de Misiones Luis Viana. El presidente de la Comisión de Economía Nacional e Inversión de la Cámara Alta estableció que “el numero de teléfono está íntimamente relacionado con quien lo porta” y cambiarlo significa “un sinnúmero de contratiempos e inconvenientes” que obliga a los usuarios “a seguir vinculados a una empresa telefónica, aún sabiendo que otras ofrecen mejores servicios o a costos mas convenientes”.

Aunque la portabilidad numérica fue dictada en el año 2000 a través del decreto 764, nunca se reglamentó. En marzo de este año, el juez en lo Contencioso Administrativo Federal de primera instancia Enrique Lavié Pico hizo lugar al amparo presentado por la Unión de Usuarios y Consumidores y ordenó a la Secretaría de Comunicaciones que en 90 días se reglamentara la norma.

El sistema de portabilidad numérica se aplica en varios países del mundo como Estados Unidos de América, Suecia, Inglaterra, Suiza, Irlanda, España, Australia, Corea del Sur, Sudáfrica, Hong Kong, República Dominicana, Ecuador; Brasil y Colombia.


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