17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024
El allanamiento se había ordenado por otra causa

Droga en la comisaría

Casación Federal confirmó condenas para policías de San Juan involucrados en el tráfico de estupefacientes. La causa se inició tras el hallazgo de droga en una oficina de la comisaría donde los oficiales prestaban tareas,

En autos “Ramos Olaya, Juan Francisco y otros s/recursos de casación”; la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos de casación interpuestos por las defensas de los cuatro policías de la provincia de San Juan y un civil. De esa forma, ratificó

En la causa se investigó el hallazgo ocurrido en la Comisaria Nro. 17 del departamento de Chimbas de la provincia de San Juan -que había sido ordenado en el marco de una investigación realizada por otra causa-.

En la oficina destinada a la brigada de investigaciones de la mencionada comisaria se encontraron elementos secuestrados provenientes de distintos procedimientos policiales, que eran guardados allí de manera irregular. 

 

"De las pruebas reunidas en autos se advierte que la sustancia estupefaciente y los demás elementos secuestrados se encontraban dentro del ámbito de disposición de los agentes condenados",

 

Entre ellos, 22,53 gramos de marihuana; cinco cigarrillos de la misma sustancia; dos pastillas de color azul; dos picadores de metal; un recipiente de plástico; dos pipas de madera y una pipa de metal; tres  cartones conteniendo papel para armar cigarrillos; seis municiones calibre 22; un revolver; y dos teléfonos celulares. Luego, en otros allanamientos dispuestos en los domicilios particulares de los involucrados también se halló material estupefaciente.

Los jueces Mariano Hernán Borinsky -como Presidente- Javier Carbajo y Gustavo Hornos -como vocales- confirmaron la sentencia del Tribunal Oral, que condenó a tres de los policías a la pena de tres años y seis meses de prisión, multa de pesos cuatro mil ($ 4000) e inhabilitación por el doble del tiempo de la condena, por considerarlos coautores penalmente responsables de la infracción al delito previsto y reprimido por el artículo 14 primera parte de la ley 23.737, en concurso ideal con la infracción al art. 255, primer parte, y al art. 248, ambos del C.P.

Al cuarto policía involucrado -a quien además se le secuestro droga de su domicilio- se lo condenó a la pena de tres años y nueve meses de prisión, multa de pesos cinco mil ($5000), e inhabilitación por el doble del tiempo de la condena por ser considerado autor penalmente responsable de la infracción a los delitos previstos y reprimidos por los artículos 14, primera parte, de la ley 23.737 (hecho ocurrido en su domicilio) en concurso real con la infracción contenida en el art. 33 inc. c) de la ley. 20.974 (dos hechos); así como también en calidad de coautor penalmente responsable de la infracción al delito revisto y penado en el artículo 14, primera parte, de la ley 23.737 (hecho ocurrido en la Comisaría 17) en concurso ideal con la infracción al art. 255, primer parte, y al art. 248, ambos del C.P.

"De las pruebas reunidas en autos se advierte que la sustancia estupefaciente y los demás elementos secuestrados se encontraban dentro del ámbito de disposición de los agentes condenados", sostuvo la Alzada, que ponderó que los condenados "hacían uso de la oficina donde se secuestraron los elementos, que cuando se retiraban de la Comisaría cerraban la puerta con llave -único espacio de la dependencia policial que se encontraba cerrado con llave al momento de realizarse el allanamiento- y al haberse probado mediante las intervenciones telefónicas dictadas en autos -de las que se observaron conversaciones entre los miembros de la brigada- el modo irregular de llevar acabo los procedimientos".

Por último, el tribunal también condenó a un civil a la pena de dos años y tres meses de prisión de cumplimiento efectivo, accesorias legales y costas, multa de $2000, por considerarlo autor penalmente responsable de la infracción al delito previsto y reprimido por el artículo 14, primera parte de la ley 23.737. 

Los jueces de la instancia previa tuvieron por acreditado el nexo delictual de la persona no perteneciente a las fuerzas de seguridad con los policías.

 

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