17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

A pagar la luz con la cuota alimentaria

Tras haber agotado todos los recursos previos, un juez de Corrientes ordenó cobrarle alimentos a un hombre a través de su factura de luz y agua en beneficio de sus cinco hijos.

En la causa "SJH C/ MP S/ CONSIGNACION DE ALIMENTOS", el Juzgado Civil y Comercial con competencia en Familia, Niñez y Adolescencia de Saladas, provincia de Corrientes, ordenó cobrarle alimentos a un hombre a través de su factura de luz y agua.

Concretamente, al hombre se le retendrá una suma equivalente al 16% del Salario Mínimo Vital y Móvil por cada servicio de su facturación en beneficio de sus cinco hijos. Ese dinero se le depositará en una cuenta judicial de la cual es beneficiaria la madre de los chicos.

 

 

La inédita resolución se da tras haber agotado las herramientas previas, en el marco de una sentencia que se encuentra firme y tras haber intimado al sujeto por incumplimiento de la cuota alimentaria.

 

El titular del juzgado, Sergio Juniors Shwoihort, explicó que “se agotaron las herramientas tendientes a que se dé cumplimiento a la cuota establecida” y aclaró que también “se ha ordenado su inscripción en el registro de deudores alimentarios y se ha ordenado medidas cautelares respecto de un único bien registrado a su nombre”

"En éste caso concreto, aparece viable y razonable – como estrategia tendiente a lograr el cobro – cuando menos de una parte de la cuota alimentaria referida que ella se concrete mediante las facturas de los servicios de luz y agua”, agregó el magistrado al respecto.

"La obligación de alimentos comprenden la satisfacción de las necesidades de los hijos de manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, habitación, asistencia, gastos por enfermedad y los gastos necesarios para adquirir una profesión u oficio. Los alimentos están constituidos por prestaciones monetarias o en especie y son proporcionales a las posibilidades económicas de los obligados y necesidades del alimentado”, se lee en el fallo.

Por lo tanto, “creo pertinente poner el foco y resguardar con la presente decisión, a uno de esos componentes, cual es asegurar la nutrición de los niños y adolescentes referidos, que se encuentran al cuidado de su progenitora”, detalló el juez.

La inédita resolución se da tras haber agotado las herramientas previas, en el marco de una sentencia que se encuentra firme y tras haber intimado al sujeto por incumplimiento de la cuota alimentaria.

 

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